Requisitos
Para adquirir la condición de Gestor Administrativo se requiere
- Ser español o extranjero residente en España de país que conceda reciprocidad de títulos y categorías.
- Ser mayor de edad.
- No haber sido condenado a penas que inhabiliten para el ejercicio de funciones públicas.
- Acreditar por medio de certificación del Consejo General de Colegios que en sus archivos no constan antecedentes desfavorables.
- Superar las pruebas de aptitud que se exijan.
- Estar dado de alta en los impuestos que correspondan a la profesión de Gestor Administrativo.
- Estar incorporado a un Colegio Oficial de Gestores Administrativos y haber satisfecho los gastos de incorporación a dicho colegio y los de expedición del título profesional.
- Estar en posesión de alguno de los siguientes títulos académicos:
- Licenciado en Derecho
- Licenciado en Ciencias Económicas
- Licenciado en Ciencias Empresariales
- Licenciado en Ciencias Políticas
Deberes
Son obligaciones generales de los gestores administrativos
- Ejercer la profesión con arreglo a sus disposiciones reguladoras.
- Conservar constancia de los asuntos tramitados, de acuerdo con la naturaleza específica de cada despacho, durante un periodo de cinco años, contados desde la terminación del asunto.
- Hacer constar en todos los documentos y escritos relativos a su actividad profesional, su nombre y apellidos, condición de colegiado y sello profesional y en su caso, el logotipo.
- Someterse en todo momento a las normas de protección de los valores y derechos constitucionales.
- Pedir la venia para encargarse de la gestión de asuntos encomendados previamente a otros profesionales para observar las reglas de consideración.
- Guardar el secreto profesional de lo que conozcan por razón de su actividad.
- Mantener su formación profesional en permanente estado de actualización.
- Suscribir y mantener en vigor una póliza de responsabilidad civil que garantice su actuación en las formas y cuantía que prevea el Estatuto Profesional.
- Informar, aconsejar y asesorar a sus clientes, a los efectos del más eficaz desarrollo del procedimiento administrativo en el que tenga lugar su actuación, actuando en todo caso en régimen de libre competencia.
- Ejercer personalmente la profesión sin interposición de persona alguna, así como mantenerse en alta en el Colegio de Gestores Administrativos correspondiente a su domicilio profesional.